revalidación
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Mantenimiento de la Certificación
REVALIDACIÓN
MANTENIMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN
Revalidación quinquenal de la Certificación como Especialista en Cirugía Pediátrica ACACIP
Reglamento
La Revalidación periódica (ex Recertificación) es el proceso por el cual se ratifican, confirman y corroboran de forma quinquenal las capacidades profesionales desarrolladas, a fin de garantizar la calidad de la atención sanitaria. Para esto, el profesional debe demostrar la trayectoria de asistencia, capacitación y actualización que ha realizado en el trascurso de los últimos 5 años.
Fundamentación: La obligatoriedad de la revalidación de la certificación se fundamenta en la Ley 23873 y la Res N° 1463 de 2017 modificada por la Res Nº 88 de 2019 y se apoya y sostiene en la necesidad de que los profesionales médicos mantengan un alto nivel de competencia en todas las áreas de su incumbencia para su desarrollo profesional.
Para evaluar la trayectoria el desarrollo profesional continuo se utilizan Créditos de Revalidación Profesional (CRP), unidad de medida en números absolutos que representan la carga horaria que cada actividad requiere, la complejidad de la actividad y la vinculación con los procesos de evaluación.
REQUISITOS PARA LA REVALIDACIÓN:
- Contar con Título de Especialista ACACIP
- Llenar formulario de revalidación adjuntando la documentación pertinente (solicitar formulario a secretaria@acacip.org.ar)
- Adjuntar Planilla de Actividad Quirúrgica últimos 5 años (descargar planilla)
Se enviará una planilla en formato excel con los procedimientos categorizados según nomenclador ACACIP y otra en formato pdf firmada por la autoridad de la institución (Jefe de Servicio o Director).
- Tener la cuota al día y pagar el arancel correspondiente (50 % del valor de la cuota anual).
Tanto el Formulario como la Planilla de Actividad Quirúrgica tienen carácter de declaración jurada.
MÍNIMO PUNTAJE PARA REVALIDAR:
La totalidad de los CRP no podrán ser alcanzados por el desarrollo de una actividad única (asistencial, educativa o societaria). Las actividades asistencial y educativa serán de carácter obligatorio, siendo la societaria optativa y complementaria; en el caso de desarrollarse, será considerada para la suma final.
La actividad quirúrgica deberá sumar 50 CRP en el período de 5 años. Si hubiera créditos excedentes a 50 CRP no serán considerados para la suma final. Para su cálculo se presentará el listado completo de cirugías de los últimos 5 años avaladas por el jefe del servicio o autoridad de la institución correspondiente y categorizadas según nomenclador ACACIP en la planilla destinada a tal fin.
Para el cálculo de los CRP por el listado quirúrgico, el Consejo de Certificación y Acreditación utilizará la siguiente equivalencia:
Cirugías según nomenclador ACACIP
- Nivel I: 1 punto
- Nivel II: 2 puntos
- Nivel III: 4 puntos
- Nivel IV: 8 puntos
- Nivel V: 16 puntos
- Nivel VI: 32 puntos
- Nivel VII: 64 puntos
40 puntos =1CRP (se requiere un mínimo de 2000 puntos, 50 CRP en el período de 5 años). Los 100 CRP restantes corresponden a la actividad asistencial, educativa y societaria.
REVALIDACIÓN AUTOMÁTICA:
Se otorgará la revalidación automática a aquellos cirujanos que cumplan 60 años de edad y hayan revalidado en los 5 años previos y a aquellos cirujanos que cuenten con 4 reválidas previas.